La política energética de la provincia de Buenos Aires dio un giro significativo en las últimas semanas, al habilitar un esquema que permite a hogares, cooperativas, consorcios y pequeñas y medianas empresas generar energía renovable de forma conjunta y vender los excedentes al sistema eléctrico.
La aprobación del Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria estableció por primera vez un marco legal integral para proyectos colectivos, un terreno que hasta ahora operaba con limitaciones normativas pese al avance tecnológico y al interés creciente por las energías limpias.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 17/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y alcanzó a usuarios con una potencia instalada superior a los 10 kilovatios. A partir de esta reglamentación, grupos de usuarios pueden asociarse para producir electricidad renovable a partir de la instalación de paneles solares, destinarla al autoconsumo y volcar los excedentes a la red de distribución, recibiendo a cambio un crédito económico reflejado en sus facturas.
El cambio se inscribió en un contexto provincial particular: Buenos Aires concentra la mayor demanda eléctrica del país y enfrenta el desafío de diversificar su matriz energética sin depender exclusivamente de grandes obras de generación centralizada. La generación distribuida comunitaria aparece así como una herramienta capaz de combinar escala local, participación ciudadana y producción sustentable, elemento claves de la transición energética..
Producir energía de forma asociada
Hasta la aprobación de esta normativa, la generación distribuida en la provincia se orientaba casi de manera exclusiva a proyectos individuales. Viviendas, comercios y pymes podían instalar paneles solares u otros sistemas renovables para cubrir parte de su consumo y compensar excedentes, pero el esquema carecía de reglas claras para iniciativas colectivas. Esa ausencia generaba trabas administrativas y dejaba sin respaldo legal a proyectos que buscaban repartir costos, riesgos y beneficios entre varios usuarios.
El nuevo reglamento cambió ese escenario. La resolución permite la asociación de dos o más usuarios con puntos de suministro independientes, o de un mismo titular que cuente con al menos dos medidores, siempre que todos estén abastecidos por una misma distribuidora provincial o municipal. Ese requisito técnico resultó clave para garantizar la correcta asignación de la energía inyectada y su posterior acreditación económica.
Los proyectos alcanzados por el régimen deben instalar sistemas de generación renovable con una potencia superior a los 10 kilovatios, un umbral que marcó la diferencia respecto de las instalaciones residenciales individuales. Las plantas pueden montarse tanto en suministros existentes como en nuevos puntos de conexión, lo que amplió el abanico de posibilidades para consorcios urbanos, cooperativas, parques industriales o desarrollos productivos de escala media.
La energía producida tiene como destino prioritario el autoconsumo. Sin embargo, uno de los aspectos centrales de la normativa fue la habilitación explícita para inyectar a la red los excedentes no utilizados. Ese volumen de electricidad recibe una valorización económica y se acredita en las facturas de los usuarios, según el porcentaje de participación previamente definido.
Para ordenar ese reparto, la reglamentación estableció la figura del Usuario Generador Comunitario Titular, responsable del punto de conexión y de la relación con la distribuidora. Desde allí se calcula la energía inyectada y se distribuye el beneficio económico entre los participantes, de acuerdo con los cuadros tarifarios vigentes.
El encuadre legal se apoyó en dos pilares normativos. Por un lado, la Ley N° 11.769, que reconoce a los autogeneradores como agentes de la actividad eléctrica. Por otro, la Ley N° 15.325, que declaró de interés provincial la generación distribuida a partir de fuentes renovables y adhirió a los beneficios promocionales previstos por la normativa nacional. Esta combinación permitió integrar a la generación comunitaria dentro del sistema eléctrico formal, con derechos y obligaciones definidos.
Impacto en la matriz energética
Más allá de los aspectos técnicos y legales, la habilitación de la generación distribuida comunitaria introdujo un cambio conceptual en la relación entre los usuarios y el sistema eléctrico. La normativa consolidó un modelo que combina producción asociativa, autoconsumo y venta de excedentes, con impacto directo en la matriz energética y en el rol de los consumidores, que pasan a convertirse también en productores.
La provincia de Buenos Aires registra actualmente 917 usuarios generadores, con una potencia instalada total de 22.615 kilovatios. A nivel nacional, el número asciende a 3.771 usuarios y 119.248 kilovatios. Si bien estas cifras reflejan un crecimiento sostenido, también muestran el amplio margen de expansión que tiene la generación distribuida, especialmente bajo esquemas colectivos que permiten superar las barreras económicas de los proyectos individuales.
El nuevo reglamento busca precisamente ampliar ese alcance. Al habilitar inversiones compartidas, más actores pueden acceder a la producción de energía limpia sin afrontar de manera aislada los costos iniciales. El modelo resulta especialmente atractivo para consorcios de edificios, cooperativas eléctricas, pymes agrupadas o emprendimientos productivos que requieren potencias superiores a las de una vivienda estándar.
Desde el punto de vista económico, el esquema ofrece un doble beneficio. Por un lado, reduce el consumo de energía proveniente de la red tradicional, lo que impacta directamente en la factura eléctrica. Por otro, permite obtener un crédito por la energía excedente inyectada al sistema, un incentivo que mejora la viabilidad financiera de los proyectos y acorta los plazos de recuperación de la inversión.
Tanto los usuarios generadores individuales como los comunitarios deben inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires. Una vez cumplidos los requisitos técnicos y documentales, el organismo emite el certificado correspondiente, que habilita el acceso a los beneficios impositivos y fiscales contemplados en la legislación vigente.
Para garantizar la correcta aplicación de esas exenciones, la normativa dispuso que el registro informe mensualmente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires sobre las altas, modificaciones y bajas. Este mecanismo busca asegurar transparencia y previsibilidad, dos factores clave para atraer inversiones en un sector que requiere estabilidad regulatoria.
El impacto potencial del esquema trasciende el ahorro individual. Al fomentar la producción descentralizada de energía renovable, la provincia avanza hacia una matriz más diversificada, con menor dependencia de fuentes fósiles y de grandes centrales alejadas de los centros de consumo. La generación local reduce pérdidas en el transporte eléctrico y fortalece la resiliencia del sistema frente a picos de demanda.
Además, el modelo promueve una mayor apropiación social de la transición energética. Al participar de proyectos comunitarios, los usuarios se involucran de manera directa en la producción de energía y en la toma de decisiones sobre su uso.
La medida no solo ordenó un segmento que crecía sin reglas claras, sino que sentó las bases para un desarrollo sustentable apoyado en la acción colectiva.
En un contexto de demanda creciente y necesidad de reducir el impacto ambiental, la energía compartida dejó de ser una idea en construcción y pasó a formar parte del sistema eléctrico bonaerense.
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