La Secretaría de Energía estableció un nuevo régimen para los nuevos proyectos que incorporen consumos extraordinarios de electricidad al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), que a partir de ahora deberán acompañar su ingreso con nueva oferta de energía y potencia.
La medida fue establecida mediante la Resolución 264/2026, publicada el viernes 25 de septiembre en el Boletín Oficial, y reglamentó el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM), destinado a grandes proyectos cuyo consumo pueda tener un impacto significativo sobre el sistema eléctrico.
La normativa alcanza a toda nueva demanda o ampliación que represente al menos el 0,5% de la demanda media del MEM, calculada sobre los doce meses anteriores. Se trata, por lo tanto, de proyectos de gran escala, entre los que la propia resolución menciona centros de datos e inteligencia artificial, minería, plantas de GNL, producción de hidrógeno y otras actividades industriales electrointensivas.
El cambio introduce una nueva lógica: los proyectos que incorporen consumos de esta magnitud deberán demostrar de qué manera incorporarán al sistema la energía y la potencia necesarias para respaldar su funcionamiento.
Para hacerlo tendrán que presentar un Plan Especial de Abastecimiento (PEA) y acreditar mensualmente que al menos el 80% de la energía efectivamente consumida se encuentra cubierta mediante nueva oferta elegible.
Además, deberán disponer de nueva potencia firme suficiente para cubrir como mínimo el 100% de su demanda máxima cuando se trate de proyectos productivos. Para los centros de datos, debido a sus elevados requerimientos de continuidad y confiabilidad, la exigencia aumenta hasta el 115%.

Una nueva oportunidad para la energía solar y eólica
La resolución abre un abanico de dos posibilidad, ya que los proyectos podrán desarrollar autogeneración o contratar nueva generación desarrollada por terceros, abriendo así una oportunidad para empresas dedicadas a construir parques renovables destinados a abastecer estas nuevas demandas.
El punto central es que deberá tratarse efectivamente de nueva oferta. A los efectos del régimen, se considera como tal aquella cuya habilitación comercial ocurra después de la presentación de la solicitud de incorporación del nuevo gran consumidor.
Esto implica que un centro de datos, una mina o una nueva instalación industrial podrían convertirse en el disparador para la construcción de nuevos parques solares o eólicos.
Las energías renovables están expresamente habilitadas para cumplir con la obligación de cubrir contractualmente al menos el 80% de la energía consumida. También pueden utilizarse generación térmica, hidroeléctrica, nuclear u otras tecnologías que en el futuro reconozca la Secretaría de Energía.
De esta manera, el régimen podría favorecer la aparición de nuevos parques vinculados a la nueva gran industria o bien nuevos contratos de largo plazo entre estos grandes consumidores y desarrolladores renovables, dando previsibilidad a proyectos que necesiten asegurar compradores antes de obtener financiamiento y comenzar su construcción.

Solar más baterías: una combinación que gana terreno
La resolución establece, sin embargo, una diferencia fundamental entre energía y potencia firme.
Un parque solar o eólico puede aportar la energía necesaria para alcanzar el requisito del 80%, pero estas tecnologías variables no son consideradas por sí solas como potencia firme bajo el nuevo régimen.
Para cumplir con esa segunda obligación, la resolución admite centrales térmicas, hidroeléctricas con embalse, nucleares y sistemas de almacenamiento con baterías de una duración mínima de seis horas, además de otras tecnologías que eventualmente sean reconocidas como aporte firme al sistema.
Este requisito abre un escenario particularmente interesante para el desarrollo de BESS en la Argentina.
Como ejemplo de escala, un sistema de baterías capaz de entregar 100 MW durante seis horas tendría una capacidad energética de 600 MWh. Esto no significa que un proyecto con una demanda de 100 MW necesariamente deba instalar una batería de ese tamaño: podrá estructurar su Plan Especial de Abastecimiento combinando diferentes fuentes y contratos. Pero permite dimensionar el volumen de almacenamiento que podría comenzar a demandar este nuevo mercado.
Para la industria de la energía solar, esto abre además la posibilidad de estructurar proyectos integrados de generación fotovoltaica más almacenamiento, donde los paneles aporten energía durante las horas solares y las baterías contribuyan a brindar el respaldo firme exigido por la normativa.
Grandes consumidores que deberán traer nueva oferta
La filosofía detrás de la regulación es evitar que la llegada de proyectos de enorme consumo eléctrico utilice generación que ya existen en el sistema o que las inversiones necesarias para abastecerlos terminen siendo afrontadas indirectamente por el resto de los usuarios.
Por eso, el régimen también establece penalidades para quienes no cumplan con la cobertura comprometida.
Cuando exista un déficit de potencia firme, la energía podrá ser abastecida transitoriamente desde el Mercado Spot, pero el usuario deberá pagar un cargo adicional. Para los proyectos productivos, el cargo de potencia correspondiente al faltante será incrementado en un 200%, mientras que para los centros de datos el incremento llegará al 400%.
Además, ante una situación de insuficiencia de potencia, las restricciones operativas deberán aplicarse primero sobre estas nuevas demandas antes de afectar al resto de los consumidores del MEM.
La incorporación tampoco será automática. CAMMESA deberá evaluar la viabilidad técnica del proyecto y la capacidad existente en las redes de transporte. Cuando la infraestructura disponible no resulte suficiente, el interesado podrá presentar las ampliaciones necesarias para posibilitar su conexión.

Un nuevo mercado para las renovables
La Resolución 264/2026 introduce así un cambio importante en la forma en que la Argentina podría absorber futuros proyectos electrointensivos.
Hasta ahora, buena parte de la expansión renovable destinada a grandes consumidores estuvo asociada al crecimiento del Mercado a Término de Energías Renovables (MATER). El nuevo régimen agrega otro potencial motor: grandes proyectos industriales, mineros y tecnológicos que necesitarán garantizar nueva generación para poder incorporarse al sistema.
Esto podría resultar especialmente relevante ante el crecimiento mundial de los centros de datos vinculados con inteligencia artificial y frente al desarrollo de nuevos proyectos mineros en la Argentina, dos actividades que pueden incorporar demandas eléctricas de gran magnitud.
Para el sector renovable, el escenario que se abre excede además a la construcción de nuevos parques. La necesidad de combinar generación, almacenamiento y eventualmente ampliaciones de transporte puede impulsar proyectos energéticos integrales asociados directamente a cada nuevo gran consumidor.
Esta nueva medida busca así adelantarse y dar respuesta a un potencial conflicto de cara al futuro, si la Argentina incorpora nuevas demandas extraordinarias de electricidad, esas demandas deberán llegar acompañadas por nueva oferta. Y allí la energía solar y eólica, combinadas con sistemas de almacenamiento, aparecen como algunas de las tecnologías con mayor espacio para participar de esta nueva etapa de expansión del sistema eléctrico.